La Sala Regional Guadalajara del TEPJF resolvió controversia relacionada con la pretensión de la comunidad LeBarón de Chihuahua

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  • Para que se les equipare y reconozcan derechos propios de una comunidad o pueblo indígena

Las autoridades electorales carecen de competencia para conocer de controversias relacionadas con la pretensión de una comunidad para que se les reconozcan derechos colectivos en analogía a las comunidades o pueblos indígenas

En el juicio ciudadano 23 de 2022, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua en la que, entre otras cuestiones, determinó vincular al Congreso estatal, para que, en ejercicio de sus atribuciones, diera respuesta a la solicitud planteada por la Comunidad LeBarón a fin de que se les reconozca como una comunidad Tribal equiparable a las comunidades y pueblos indígenas.

El Pleno de la Sala Regional determinó que el Tribunal responsable carece de competencia para conocer sobre la solicitud realizada por la comunidad LeBarón, toda vez que ello podría implicar la aplicación de normativas diferentes a las de la materia electoral y, por tanto, exigir del estudio de aspectos sociodemográficos, políticos y económicos ajenos a los procesos electivos y tener repercusiones que no se limitarían al aspecto meramente electoral.

En la misma sesión se resolvieron dos juicios ciudadanos (34 y 35) promovidos contra la notificación para las y los ciudadanos que no podrán participar en el próximo proceso de revocación de mandato. La Sala Regional confirmó la legalidad del acto impugnado, en virtud de que, en el Acuerdo del INE donde se establecieron los plazos y términos para el uso del padrón electoral y listas nominales para la señalada consulta popular —el cual fue oportunamente publicado en el DOF—, se indicó expresamente que la inscripción y campaña de actualización sería del cinco al quince de febrero del año en curso y en estos casos, los actores acudieron a realizar su trámite hasta el veinticuatro de ese mes, es decir, fuera del plazo legal establecido.

En dicha sesión se resolvieron cuatro juicios ciudadanos, dos juicios electorales, un juicio de revisión constitucional electoral y diez recursos de apelación, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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