En la sesión pública celebrada en esta fecha, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara revocó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, que declaró improcedente el escrito de manifestación de intención de la Asociación Civil Humanismo Actuante para constituirse como partido político local.
Lo anterior, dado que, en el caso, si se cumplía el supuesto de excepción previsto en el Reglamento para manifestar su intención para constituirse como partido político local de dicha entidad federativa, al acreditarse que medió causa o impedimento probado y razonable para aportar, después de vencido el plazo del requerimiento, los documentos necesarios para ello. (SG-JDC-86/2022)
Por otra parte, la Magistrada y los Magistrados, confirmaron la resolución del citado tribunal, relacionada con la improcedencia de la diversa solicitud de registro como instituto político local, presentada por la agrupación “Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario
Nayarit”, ya que ésta no controvirtió en su totalidad ni de manera frontal lo motivos y fundamentos en que el tribunal sustentó dicha determinación. (SG-JDC-90/2022).
En dicha sesión se resolvieron cuatro juicios ciudadanos, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder.