*El Estado está obligado a no dar marcha atrás una vez alcanzado un determinado nivel de satisfacción
Redacción
“ Extendimos un documento a la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, María del Rosario Piedra Ibarra; pedimos su intervención al considerar regresiva y contraria la reducción presupuestal a la PRODECON”, informa Miguel Ángel González Molina, líder de los contadores en Nayarit.
“ Uno de los grupos sociales con mayor afectación en el México contemporáneo son los contribuyentes y el reconocimiento parsimonioso de sus derechos, esta medida los haría indisponibles e inaccesibles, se verían obligados a trasladarse a otra Entidad Federativa y contratar un abogado fiscalista particular”.
Los ciudadanos tenemos derecho a contribuir al gasto público en forma proporcional y equitativa, derecho que debe ser tutelado con la misma relevancia y eficacia a través de instituciones que se encarguen de su materialización con herramientas e insumos suficientes para su desempeño de forma digna.
De acuerdo al artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos toda persona debe gozar de un recurso sencillo y efectivo que le ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales, con recursos y medios de defensa a su alcance, contra los actos dictados por las autoridades fiscales.
También, la Suprema Corte de Justicia de la Nación interpreta que la libertad de las autoridades al determinar y asignar recursos se restringe significativamente ante la garantía de los derechos humanos reconocidos por el sistema jurídico, ya que éstos tienen prioridad frente a cualquier otro objetivo social o colectivo.
“ La reducción presupuestal que pretende ejercer el Ejecutivo Federal vulnera los derechos humanos de miles de contribuyentes y la parte medular de los derechos humanos, es llevar estos derechos a la vida del ciudadano, a que cuente de manera irrestricta con ellos, a que sean una realidad en su contexto social”.
“ La fundamentación y motivación de las decisiones debe estar ligada a la consecución de un interés público, realizada en forma objetiva, técnica y razonada, excluyendo toda posibilidad de arbitrariedad”, concluye González Molina, “a efecto de evitar el retroceso en la protección de los derechos humanos”.